jueves, 21 de mayo de 2015

PP y PSOE vulneran en Añora la Ley Electoral con sus pancartas



La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general (pinchar aquí) recoge en su artículo 55 la prohibición de colocar pancartas electorales en lugares no reservados como gratuitos por los Ayuntamientos. Textualmente dice así:
Artículo 55 
1. Los Ayuntamientos tendrán la obligación de reservar lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso, pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema llamado de banderolas. La propaganda a través de las pancartas y banderolas sólo podrá colocarse en los lugares reservados como gratuitos por los Ayuntamientos
2. Aparte de los lugares especiales gratuitos indicados en el apartado anterior, los partidos, coaliciones, federaciones y las candidaturas sólo pueden colocar carteles y otras formas de propaganda electoral en los espacios comerciales autorizados.
Según esta misma Ley (artículo 56) los Ayuntamientos, dentro de los siete días siguientes a la convocatoria de elecciones, comunicarán los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles y, en su caso, pancartas y banderolas a la correspondiente Junta Electoral de Zona, la cual distribuye los lugares mencionados atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes en la misma circunscripción.

El Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del pasado 15 de abril (pinchar aquí) publica la relación de lugares designados para la colocación gratuita de propaganda electoral comunicados a la Junta Electoral de Zona de Pozoblanco por los Ayuntamientos, que para el caso de Añora son los siguientes:
AÑORA: 
Tablones: 
-Calle Cantarranas, 2. 
-Calle Viñas, esquina a calle Noria. 
-Calle Concepción (Trasera ermita). 
-Calle San Martín s/n (lateral de escuelas de san Martín). 
-Calle Fernando Santos (Junto Consultorio y Colegio). 
-Calle Pozoblanco (Esquina Calle San Sebastián). 
-Plaza de Breña Alta. 
-Ronda de las Siete Villa (Aparcamientos del Pabellón).
Nada se dice de espacios gratuitos reservados para la colocación de pancartas (como sí se hace en otros pueblos), por lo que, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley citada, resulta ilegal la colocación de pancartas electorales en cualquier espacio público de Añora, al no haberse comunicado previamente ninguno a la Junta Electoral.

Sin embargo, tanto PP como PSOE en Añora han colocado arbitrariamente hasta siete pancartas en diferentes lugares de las calles de Añora, cruzando la vía y ocupando, por tanto, ilegalmente el espacio público. Estas pancartas infringen la Ley Electoral y deberían ser inmediatamente retiradas para que todos los partidos políticos puedan acceder a la contienda electoral de las próximas Elecciones Municipales en igualdad de condiciones. Nos parece que el juego limpio debe ser una regla esencial en el ejercicio democrático de unas elecciones.